
¿QUÉ ES LA LITIGACIÓN PENAL?
Neyra conceptúa a la litigación penal como “un conjunto de habilidades y destrezas dirigidas a elevar la calidad de la información que se brinda al juzgador, las que ayudarán a las partes a preparar y ordenar coherentemente su caso, reforzando las debilidades y resaltando las fortalezas”.
En el sistema acusatorio no es suficiente que el abogado sea un orador, capaz de dominar el escenario, al público, transmitiendo un mensaje acorde a las reglas de la oratoria forense. Se requiere además, que el profesional del derecho maneje la situación con absoluta cautela, utilizando la información acorde a sus intereses, como cuando estima conveniente o no plantear un interrogatorio, contrainterrogar u objetar.
En tal virtud, refiere Peña, el abogado litigante de casos penales “debe saber manejar las técnicas de litigación oral, pero, para ello, debe conocer bien su caso, de nada sirve que el defensor sea un buen orador y un encomiable conocedor de la ciencia jurídico penal (doctrinario), si es que no conoce su caso, eso es algo que debe quedar consolidado en la mente del abogado, pues solo así podrá salir vencedor en esta lid, que es el proceso penal”.
Las habilidades y destrezas en técnicas de litigación penal, son las que precisamente permitirán al abogado obtener los argumentos necesarios para hacer uso de su oratoria, enriqueciéndola, pues a través de aquellas irá recabando toda la información necesaria, la más relevante, que requiere para brindársela al juzgador como elementos de persuasión que incidan en la decisión de éste.
Para que aquello ocurra, Peña recomienda que “las partes deben entrenarse adecuadamente con las técnicas de litigación oral, pues por más conocimiento que tengan, pero no están en capacidad de oralizar su posición argumental, simplemente sucumbirán ante el contrario (parte adversarial)”.
En ese sentido la naturaleza del sistema acusatorio requiere de abogados adiestrados en el manejo de técnicas de litigación penal para la correcta presentación de casos, formulación de pruebas y planteamientos de alegatos, que se manejan oralmente, a la par de la práctica de los principios de inmediación, dispositivo, contradictorio y de publicidad antes mencionados.
Ello, en razón de que los roles que desempeñan cada uno de los intervinientes en el juicio oral, se desarrollan en una clara separación de funciones procesales, en las que jueces, fiscales y defensores tienen papeles bien definidos y por lo tanto deben tener totalmente en claro cuál es el ejercicio de sus atribuciones legales y constitucionales y ejecutarlas con absoluta responsabilidad y profesionalismo.
Las exigencias competitivas propias del sistema acusatorio, dejan entrever que los abogados deben encontrarse preparados y capacitados no solamente en aspectos jurídicos, sino también en óptimas condiciones de plantear estrategias que coadyuven a tener, -con relación a sus pretensiones- una predisposición favorable del juzgador al momento de tomar una decisión.
Baytelman nos dice que “litigar constituye el núcleo del arte de la abogacía”. Litigar, en consecuencia, equivaldría en darle una piedra preciosa a un “orfebre” para que elabore una valiosa joya. Si es un artesano en esa área, pero sin las suficientes habilidades y destrezas, simplemente, hará de esa piedra preciosa una pieza sin ningún tipo de calidad.
En la esfera del sistema acusatorio -el cual fue implementado en el Ecuador desde el 2001, evolucionando favorablemente con ciertas reformas en los años 2007 y 2009, llegando a su esplendor con la entrada en vigencia del Código Orgánico Integral Penal- el abogado penalista debe conocer con precisión todas las técnicas en litigación oral, para desempeñar su rol en forma encomiable, desde la teoría del caso hasta los alegatos de clausura.
Caso contrario, acorde a las palabras de Peña, “mejor volquemos nuestras virtudes en otro campo del derecho, pues, si en realidad queremos insertarnos en este virtuoso escenario que es el arte de la litigación oral, debemos familiarizarnos con las herramientas e instrumentos que esta metodología nos trae a colación”.