Los expertos en litigación penal, coinciden en manifestar que las siguientes son las utilidades que nos ofrece una correcta teoría del caso:

– Permite diseñar un buen alegato de apertura.

– Organiza la presentación de las pruebas.

– Orienta el examen y el contraexamen.

– Detecta las estrategias de la parte contraria.

– Permite diseñar el alegato de clausura.

a.- Permite diseñar un buen alegato de apertura.- La teoría del caso es la base del alegato de apertura.

Una teoría del caso bien diseñada permite una buena selección del tema; explotar el lado humano; narrar correctamente los hechos; atacar eficazmente el argumento de la contraparte; y, ofrecer una vigorosa presentación de pruebas, todo cuanto a su vez se trasluce en una idónea estructuración del alegato de apertura.

b.- Organiza la presentación de las pruebas.- Una teoría del caso bien estructurada permite al fiscal o al defensor seleccionar las pruebas testimoniales, materiales y documentales pertinentes que la sustenten, acorde a la litis materia del enjuiciamiento.

Siendo la teoría del caso una exposición relacionada a la fecha, hora, lugar, circunstancias y personas que participaron en la infracción, se recomienda presentarla en forma cronológica y, la prueba que la sustente, practicarla en similar forma, para que vaya encajando en la historia paso a paso.

En ese contexto la teoría del caso nos da las luces necesarias para seleccionar las pruebas que más convengan a nuestros intereses y descartar las innecesarias.

 c.- Orienta el examen y el contraexamen.- Una buena teoría del caso nos da la facilidad de analizar y descubrir las debilidades tanto de nuestros testigos como de los de la otra parte.

En consecuencia, poniendo toda nuestra concentración en esas debilidades, podremos reforzar nuestra estrategia de defensa tendiente a formular un correcto interrogatorio, en el caso de que nos toque proponer un testigo y, atacar a los de la parte contraria, en el caso de que sea ésta quien lo proponga, a través de un agresivo y eficaz contrainterrogatorio que destruya los argumentos de nuestro contendor.

d.- Detecta las estrategias de la parte contraria.- La teoría del caso permite detectar las estrategias de la otra parte estableciendo si las mismas son más fuertes o débiles que las nuestras.

Una vez detectadas las estrategias, sea cual fuere la postura que mantengamos, esto es, la de la fiscalía o la de la defensa, podemos apreciar la conveniencia o no de ceder, otorgar, pedir o permitir la aplicación de circunstancias agravantes, atenuantes, acuerdos probatorios, de aceptar la acusación, desechar posibles defensas, etc., u optar por la aplicación de procedimientos alternativos al juicio ordinario.

e.- Permite diseñar el alegato de clausura.- Los litigantes más expertos recomiendan construir la teoría del caso y planificar la prueba a partir del alegato de clausura, también conocido como de cierre, tomando en consideración que este se propone como debate en el juicio y por lo tanto en el mismo debe hacerse una explicación fáctica, jurídica, técnica, lógica, precisamente, de cómo se han probado los hechos propuestos.

Un comentario sobre “UTILIDAD DE LA TEORÍA DEL CASO

  1. Mil Gracias Licenciado Ordeñana. Ha sido excelente para mí esta explicación, ya que se habla de la teoría del caso pero, muy poco de la utilidad que tiene utilizarla.

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